Se considera delito informático aquel que supone el uso de conductas ilícitas realizadas a través de ordenadores y/o Internet. El, también llamado crimen electrónico, incluye una gran cantidad de actividades, que se pueden categorizar en: aquellas dirigidas al daño de ordenadores, medios electrónicos y redes de Internet (instalación de códigos, gusanos y archivos maliciosos (Spam), ataque masivos a servidores de Internet y generación de virus) y las realizadas a través del ordenador como son el fraude, acoso, violación de información confidencial...
En España, la sanción por delito informático se realiza en base al Código Penal y supone la misma condena que el mismo delito no informático (Ej. La pena por intrusión en el correo electrónico equivale a la intromisión en el correo postal).
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Hace 11 horas
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